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El derecho tributario es una rama del derecho público que regula la creación, recaudación y control de los tributos (impuestos, tasas y contribuciones) por parte del Estado. En otras palabras, establece el conjunto de normas jurídicas que determinan cómo deben los ciudadanos y empresas contribuir al financiamiento del gasto público. Características del derecho tributario: Público: Involucra al Estado en su función de obtener recursos. Obligatorio: Los tributos son exigidos legalmente; no son voluntarios. Finalidad fiscal: Busca financiar el funcionamiento del Estado y sus servicios. Principios fundamentales: Como legalidad, equidad, generalidad y capacidad contributiva. Principales elementos que regula: Sujetos: Activo: el Estado (quien cobra el tributo). Pasivo: los contribuyentes (quienes deben pagar). Hecho imponible: la situación o acto que da origen a la obligación tributaria (por ejemplo, recibir un ingreso, comprar un bien, tener una propiedad). Base imponible y tipo impositivo: determina cuánto se debe pagar. Obligación tributaria: el deber legal de pagar el tributo. Sanciones: para quienes incumplen sus obligaciones fiscales. Ejemplos de tributos: Impuestos: como el IVA o el impuesto sobre la renta. Tasas: por servicios públicos específicos (como una licencia). Contribuciones especiales: por beneficios recibidos de una obra pública. Un hecho imponible es el supuesto o situación prevista por la ley que, cuando ocurre en la realidad, genera la obligación de pagar un tributo (impuesto, tasa o contribución). En otras palabras, es el acto, situación o conjunto de circunstancias que, según la ley fiscal, da lugar al nacimiento de una deuda tributaria. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): El hecho imponible es obtener ingresos (salarios, rentas, beneficios, etc.). Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): El hecho imponible es realizar una entrega de bienes o prestación de servicios sujeta a IVA. Impuesto de matriculación: El hecho imponible es la primera matriculación de un vehículo en el país. Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): El hecho imponible es ser propietario de un inmueble. Características del hecho imponible: Debe estar definido claramente por la ley. Solo cuando ocurre, se origina la obligación tributaria. Es objetivo: no depende de la voluntad del contribuyente.